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EXENCIONES DE INMIGRACIÓN EN EL SUR DE LA FLORIDA

 

La Ley de Inmigración y Nacionalidad establece varios motivos de inadmisibilidad (inelegibilidad) que pueden impedir que los no ciudadanos ingresen u obtengan un estatus legal en los Estados Unidos. Además de promulgar estos diversos motivos de inadmisibilidad, el Congreso también ha promulgado varias renuncias que pueden excusar ciertos motivos de inadmisibilidad. Los solicitantes que califiquen pueden solicitar estas exenciones para excusar su inadmisibilidad y permitirles continuar con su petición de inmigración subyacente.

No todos los motivos de inadmisibilidad son renunciables y es importante consultar con un abogado de inmigración con experiencia, como los de The Law Office of George K. Gomez, para analizar si es necesaria una exención, las diversas opciones de exención disponibles, los motivos de elegibilidad para cada renuncia, y la probabilidad de éxito dadas las circunstancias únicas de cada caso en particular.

TIPOS DE EXENCIONES DE INMIGRACIÓN:

 

Existen varias exenciones de inmigración que pueden permitir que un no ciudadano calificado evite las sanciones de ser declarado inadmisible. Haga clic a continuación para obtener más información sobre algunas de las exenciones de inmigración más comunes:

  • INA § 212(a)(6)(C)(ii) – Reclamo falso de ciudadanía (próximamente)

  • INA § 212(a)(9)(A)(iii) – Extranjeros previamente removidos (próximamente)

  • INA § 212(a)(9)(B)(v) - Exención de presencia ilegal (próximamente)

  • INA § 212(c) – Exención para residentes permanentes por ciertos delitos penales/de inmigración cometidos antes del 1 de abril de 1997 (próximamente)

  • INA § 212(d)(3) - Exención general para no inmigrantes (próximamente)

  • INA § 212(d)(11) – Exención de contrabando de extranjeros (próximamente)

  • INA § 212(e) – Exención del requisito de residencia en el extranjero (Exención de visa J) (próximamente)

  • INA § 212(g) – Exención por motivos relacionados con la salud (próximamente)

  • INA §212(h) - Exención por prostitución, delitos de más de 15 años, delitos de bajeza moral y simple posesión de marihuana (próximamente)

  • INA § 212(i) – Exención de inadmisibilidad basada en fraude o tergiversación (próximamente)

  • INA § 237(a)(1)(H) - Exención de tergiversación o fraude en la obtención de visa o entrada (próximamente)

 

¡Póngase en contacto con un abogado experimentado en exenciones de inmigración hoy!

 

Las exenciones son un área compleja de la ley de inmigración y se recomienda que consulte con un abogado con experiencia en exenciones de inmigración para evaluar las circunstancias únicas de su caso a fin de seguir los pasos necesarios para su exención de inmigración.  

Si necesita un abogado de inmigración calificado para manejar sus necesidades de exención de inmigración, comuníquese con la oficina legal de George K. Gomez, PA, para hablar con un abogado de inmigración calificado para obtener el asesoramiento y la asistencia que necesita.

 

Si necesita un abogado de inmigración o simplemente necesita más información sobre los servicios legales relacionados con la inmigración que podemos ofrecer, nuestroáreas de servicio, o desea obtener más información sobre nuestrosabogado gerente,Contactanos en(305) 539-0991,o use nuestro en líneaFormulario de contacto.

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Lo que dicen nuestros clientes

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Kayla G.

He trabajado con el abogado Gómez en dos casos separados y no puedo recomendarlo lo suficiente. Siempre está disponible por teléfono o correo electrónico, se toma su tiempo para asegurarse de que entiendo lo que está sucediendo en mi caso y va más allá para sus clientes. Definitivamente me comunicaré con el abogado Gómez para mis futuras necesidades legales y lo recomendaré a cualquiera que busque un abogado honesto y confiable.

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