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ACCIÓN DIFERIDA PARA LLEGADAS INFANTILES (DACA)

 

 

La Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) es un tipo de alivio de inmigración disponible para los jóvenes que fueron traídos a los Estados Unidos cuando eran menores de edad y que cumplen con ciertos requisitos legales.

 

DACA está disponible para aquellos que están en proceso de deportación (remoción) o han recibido órdenes finales de remoción, así como para aquellos que nunca han estado en proceso de deportación. Si está considerando solicitar el alivio de DACA, los abogados de inmigración del sur de la Florida en The Law Office of George K. Gomez pueden ayudarlo.

 

¿QUÉ ES DACA?

 

Similar al TPS, la salida forzada diferida (DED) es una forma de alivio de la expulsión de los Estados Unidos que permite a las personas de países designados que enfrentan conflictos políticos en curso, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias.

 

A diferencia del TPS, donde los países son designados por el Secretario de Seguridad Nacional,Las designaciones de DED son hechas por el presidente y se derivan de su poder constitucional para llevar a cabo las relaciones exteriores.. DED también se diferencia de TPS en que no se requiere una solicitud para obtener la protección DED. Sin embargo, los beneficiarios de DED aún deben solicitar permisos de trabajo y libertad condicional anticipada, en caso de que deseen esos beneficios.

 

¿QUIÉN ES ELEGIBLE PARA EL DED?

La Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) es una política anunciada originalmente por el secretario de Seguridad Nacional el 15 de junio de 2012, que establece que ciertos no ciudadanos que llegaron a los Estados Unidos cuando eran niños y cumplen con varias pautas pueden recibir una acción diferida para un período de dos años, sujeto a renovación.

 

La “acción diferida” es un uso de la discreción del fiscal para diferir la acción de deportación contra un individuo por un cierto período de tiempo. En otras palabras, la acción diferida protege a un no ciudadano de la deportación, incluso si un juez de inmigración ordenó previamente la deportación de ese no ciudadano.

¿QUÉ PROPORCIONA DACA?

Como se señaló anteriormente, el beneficio principal de DACA es el de la acción diferida: protección contra la deportación. Desafortunadamente, la acción diferida no proporciona estatus legal a un no ciudadano. Sin embargo, prevé la presencia legal ya que un beneficiario de DACA no acumula presencia ilegal.

 

Si bien DACA no proporciona un camino directo a la residencia permanente (tarjeta verde), sí permite que los no ciudadanos elegibles soliciten una autorización de trabajo por un período de dos años, sujeto a renovación.

 

En términos generales, una concesión de DACA también permite viajes temporales fuera de los Estados Unidos a través de una concesión de permiso anticipado. Sin embargo, viajar fuera de los Estados Unidos puede ser desaconsejable.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE DACA

Las personas que cumplan con los siguientes criterios son elegibles para solicitar DACA:

  1. Eran menores de 31 años al 15 de junio de 2012;

  2. Llegó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años;

  3. Haber residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta el presente;

  4. estaban físicamente presentes en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y al momento de presentar su solicitud de consideración de acción diferida con USCIS;

  5. No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012;

  6. Está actualmente en la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de finalización de la escuela secundaria, o ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED), o es un veterano retirado con honores de la Guardia Costera o las fuerzas armadas de los Estados Unidos; y

  7. No haber sido condenado por un delito grave, un delito menor importante o tres o más delitos menores, y no representar una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

¿AUN PUEDO SOLICITAR DACA?

Si bien el futuro del programa DACA fue salvado en junio de 2020 por la Corte Suprema de EE. UU. en su decisión en el caso Departamento de Seguridad Nacional et al. v. Regents of the University of California et al, (donde el Tribunal sostuvo que los esfuerzos de la administración Trump para poner fin al programa DACA violaron la  Ley de Procedimiento Administrativo) cuya esperanza se ha visto empañada recientemente por un reciente Decisión del Tribunal de Distrito. El 16 de julio de 2021, un juez federal de Texas emitió su decisión en Texas v. Estados Unidos otorgando una orden judicial permanente que prohíbe que el Departamento de Seguridad Nacional acepte nuevas solicitudes de DACA. El Tribunal de Texas determinó que DACA se creó ilegalmente en primer lugar bajo la Ley de Procedimiento Administrativo.

¿AUN PUEDO RENOVAR MI CONCESIÓN DE DACA?

Sí. A pesar de la decisión del Tribunal de Distrito de Texas, el juez emitió una suspensión temporal de su orden judicial en lo que respecta a las personas que obtuvieron DACA el 16 de julio de 2021 o antes. En otras palabras, los no ciudadanos que actualmente tienen DACA pueden continuar presentando solicitudes de renovación.

¿QUÉ SUCEDE SI MI PRIMERA SOLICITUD DE DACA ESTABA PENDIENTE ANTES DE LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE DISTRITO DE TEXAS?

Desafortunadamente, debido a la orden y mandato del juez, USCIS no puede aprobar ninguna solicitud inicial de DACA. Sin embargo, mientras que la orden judicial prohíbe que USCIS apruebe las solicitudes iniciales de DACA de personas que nunca tuvieron DACA, la orden judicial no prohíbe que USCIS las acepte. USCIS emitió recientemente una declaración que indica que "continuará aceptando la presentación de solicitudes iniciales y de renovación de DACA, así como las solicitudes adjuntas de autorización de empleo". 

Si bien USCIS continuará aceptando solicitudes iniciales de DACA, existen razones por las cuales presentar una solicitud, en este momento, sería desaconsejable. Si tiene preguntas sobre la presentación de una solicitud de DACA o cualquier otro beneficio de inmigración, puede ser beneficioso consultar con un abogado de inmigración con experiencia.

 

¡La oficina legal de George K. Gomez, PA lucha duro por usted!

 

Como puede ver, el panorama de DACA está en constante evolución. En The Law Office of George K. Gomez, PA, nos apasiona ayudar a nuestros clientes en estos tiempos desafiantes, estresantes y en constante cambio y nos esforzamos por mantenernos actualizados con el estado actual de la ley para garantizar que nuestros clientes tengan la mejor oportunidad de que se apruebe su alivio. 

 

Entendemos las dificultades que conlleva pasar por el proceso de inmigración y aseguramos la excelencia en nuestros servicios durante todo el proceso para brindarles a nuestros clientes la confianza que necesitan en su profesional legal. Llame al (305) 539-0991 o complete el formulario de contacto en línea para programar una consulta gratuita conmigo. Estamos ubicados en Miami Lakes, Florida y estamos disponibles para consultas por teléfono, zoom o en persona.

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Lo que dicen nuestros clientes

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Kayla G.

He trabajado con el abogado Gómez en dos casos separados y no puedo recomendarlo lo suficiente. Siempre está disponible por teléfono o correo electrónico, se toma su tiempo para asegurarse de que entiendo lo que está sucediendo en mi caso y va más allá para sus clientes. Definitivamente me comunicaré con el abogado Gómez para mis futuras necesidades legales y lo recomendaré a cualquiera que busque un abogado honesto y confiable.

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