top of page
Buscar

Un Introducción a la Ciudadanía Derivada: INA §320(c)

Actualizado: 20 abr 2022

La ciudadanía derivada generalmente se refiere al concepto que permite que un niño obtenga la ciudadanía después del nacimiento. Esto puede ocurrir, por ministerio de la ley, sin tener que presentar una Solicitud de Naturalización ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.



La Parte 1 discutió la ciudadanía derivada en el contexto de la Ley de Inmigración y Nacionalidad Anterior § 321. La Parte 2 discutió la obtención de la ciudadanía derivada a través de la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000.


Aquí, observamos un escenario único relacionado con la adquisición automática de ciudadanía para hijos nacidos en el extranjero de empleados del gobierno de EE. UU. y miembros de las fuerzas armadas de EE. UU.


La ciudadanía derivada puede ser un tema complejo y un abogado de inmigración, como los de The Law Office of George K. Gomez, P.A., puede ayudarlo a determinar qué opción legal se adapta mejor a sus necesidades después de analizar los hechos únicos y la ley específica de su caso.


Ley de Ciudadanía para Hijos de Militares y Funcionarios Públicos


La Ley de ciudadanía para hijos de militares y funcionarios públicos se promulgó el 26 de marzo de 2020 y fue diseñada para beneficiar a los miembros de las fuerzas armadas de los EE. UU. y empleados del gobierno de los EE. UU. al proporcionar un procedimiento para que sus hijos nacidos en el extranjero adquieran automáticamente la ciudadanía.


A diferencia de la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000 y la antigua INA §321, que generalmente requieren la presencia física del niño en los Estados Unidos como requisito previo para adquirir la ciudadanía derivada, la Ley de Ciudadanía para Hijos de Militares y Funcionarios Civiles proporciona un mecanismo legal para extranjeros -niños nacidos para obtener su ciudadanía fuera de los Estados Unidos.


Antes de la promulgación de la Ley de Ciudadanía para Hijos de Militares y Funcionarios Civiles, un niño nacido en el extranjero adquiriría automáticamente la ciudadanía estadounidense si (1) el niño tenía al menos un padre ciudadano, (2) era menor de edad de 18 años, (3) residía en los Estados Unidos bajo la custodia legal y física del padre ciudadano (4) y fue admitido en los EE. UU. conforme a una admisión legal para la residencia permanente.


Codificado en la Sección 320(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, se puede solicitar un certificado de ciudadanía para un niño nacido en el extranjero fuera de los Estados Unidos si se cumplen los siguientes requisitos:


(1) Uno de los padres del niño nacido en el extranjero es ciudadano estadounidense;


(2) el niño nacido en el extranjero es menor de 18 años;


(3) El niño nacido en el extranjero tiene residencia permanente (tarjeta verde); y


(4) El niño nacido en el extranjero está bajo la custodia legal y física del padre ciudadano estadounidense que es:

  • Estacionado y residente en el extranjero como empleado del Gobierno de los Estados Unidos;

  • Residir en el extranjero en unión marital con un empleado del Gobierno de los Estados Unidos que esté destinado en el extranjero;

  • Estacionado y residente en el extranjero como miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos

  • Está autorizado a acompañar y residir en el extranjero con un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de conformidad con las órdenes oficiales del miembro y está acompañando y residiendo en el extranjero con el miembro en unión marital.

Tenga en cuenta que un hijo nacido en el extranjero de un miembro de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. debe estar autorizado para acompañar a dicho miembro y residir en el extranjero con el miembro de conformidad con las órdenes oficiales del miembro para calificar bajo INA §320(c).


Además, la Ley de ciudadanía para hijos de militares y funcionarios públicos solo se aplica a las personas que tenían menos de 18 años el 26 de marzo de 2020 o nacieron después del 26 de marzo de 2020.


Los solicitantes calificados utilizarían el Formulario N-600K, Solicitud de ciudadanía y emisión de certificado según la Sección 322, para obtener un certificado de ciudadanía.


Prueba de ciudadanía


Como se indicó anteriormente, el Formulario N-600K se utiliza para obtener un Certificado de ciudadanía derivado de la Ley de ciudadanía para hijos de militares y funcionarios públicos.


El Certificado de Ciudadanía es fundamental para probar que el niño nacido en el extranjero es ciudadano estadounidense. Si bien el niño adquiere automáticamente la ciudadanía en un sentido legal al cumplir con los requisitos anteriores, el gobierno de los EE. UU. no reconocerá la ciudadanía del niño sin un Certificado de Ciudadanía o un Pasaporte de los EE. UU.


¿Cómo puede ayudar un abogado de ciudadanía de Florida?


Determinar la elegibilidad para la ciudadanía derivada puede ser un asunto complejo. Por esta razón, se recomienda que obtenga el asesoramiento y la asistencia de un abogado de inmigración calificado y con experiencia. El abogado de inmigración de Florida, George K. Gómez, tiene experiencia en ayudar a las personas con sus problemas de ciudadanía.


Además, debido a que la ley de inmigración es un asunto federal, The Law Office of George K. Gomez, P.A. puede ayudarlo incluso si no es residente de Florida. Si necesita un abogado de inmigración calificado para manejar su asunto de ciudadanía estadounidense, comuníquese con la oficina legal de George K. Gomez, P.A., para hablar con un abogado de inmigración con experiencia para obtener el asesoramiento y la asistencia que necesita.


Si necesita un abogado de inmigración o simplemente necesita más información sobre los servicios legales relacionados con la inmigración que podemos ofrecer, nuestras áreas de servicio, o si desea obtener más información sobre nuestro abogado administrador, contáctenos al (305) 539-0991, o utilice nuestro formulario de contacto.

6 visualizaciones0 comentarios
bottom of page